Micelio
Auto10 de diciembre de 2025

A- de 2025

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Guzman Barrios Alexander·Demandado Corporacion De La Industria Aeronautica Colombiana Sa

Tema · dato duro
Solicitud De Declaratoria De Existencia De Relación Laboral Encubierta A Través De La Celebración Sucesiva De Contratos De Prestación De Servicios.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Juzgado 030 Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado 012 Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá, Sección Segunda, causado por una demanda ordinaria laboral con la cual pretende que se declare que entre la CIAC S.A. y el demandante existió un contrato realidad desde junio de 2018 hasta marzo de 2020, por lo cual solicita que se ordene a la empresa a pagar las acreencias laborales, prestacionales y otros conceptos que considera se causaron.

Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena advierte que la controversia se circunscribe a la declaración de la existencia de una relación laboral presuntamente encubierta por la suscripción sucesiva de contratos de prestación de servicios.

La Sala encuentra que, aunque la parte demandada [CIAC S.A.] sea una sociedad de economía mixta, del orden Nacional, es una entidad pública, conforme lo dispuesto en el parágrafo del artículo 104 del CPACA y al ser suscrito por una entidad pública, en principio se trata de un contrato estatal, a pesar de que las entidades públicas estén excluidas de las disposiciones del estatuto general de contratación, como es el caso de la CIAC.

Considera la Sala, en consecuencia, que el asunto que compete a la jurisdicción de lo contencioso administrativo, en virtud del artículo 104 de la Ley 1437/11 y en aplicación de la regla de decisión fijada en el Auto 492/21.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 030 Laboral del Circuito de Bogotá y el Juzgado 012 Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá, Sección Segunda, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 012 Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá, Sección Segunda, es la autoridad competente para conocer la demanda instaurada por Alexander Guzmán Barrios en contra de la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana S.A. (CIAC S.A.).
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-7164 al Juzgado 012 Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá, Sección Segunda, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al interesado en este trámite y al Juzgado 030 Laboral del Circuito de Bogotá.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.